COMITÉ ELECTORAL NACIONAL (COEN)
DIRECTIVA N° 06-2015-COEN
VOTACIÓN EN EL EXTRANJERO
1.
Los locales de votación y mesas en el extranjero
se acreditan ante el Comité Electoral Nacional, para lo cual los interesados en
participar en este proceso electoral en el extranjero deben enviar sus
solicitudes hasta el viernes 27 de noviembre al correo electrónico oficial del
COEN coen.ud@gmail.com a fin de que se
emita la resolución de acreditación correspondiente.
2.
La
solicitud dirigida al COEN para instalar mesas de votación en el extranjero
debe contener:
·
La dirección precisa del local de votación y las
referencias de su ubicación.
·
El número de mesas a instalarse, en caso se
contemple más de una en el local mencionado.
·
Los nombres y apellidos completos de los
miembros de mesa (Presidente, Secretario y Vocal), así como sus números de DNI
o de Pasaporte peruano, y sus direcciones de correo electrónico.
3.
Todo lo concerniente al proceso eleccionario y la
jornada electoral se encuentra debidamente normado en la Directiva
05-2015-COEN, siendo de aplicación extensiva en lo que corresponda para la
votación en el extranjero.
4.
El Comité Electoral Nacional enviará el material
electoral por correo electrónico a los miembros de mesa debidamente acreditados
para su impresión y uso durante la jornada electoral.
5.
En relación a lo dispuesto por la Directiva
05-2015-COEN, se precisa que podrá votar en el extranjero cualquier ciudadano
peruano, afiliado o no afiliado, cumpliendo con presentar su DNI o su Pasaporte
peruano.
Lima, 2 de noviembre de
2015
Presidente,
Manuel Inocente Bautista Casiano
|
|
Vicepresidente,
Juan Vásquez Quispe
|
|
Secretaría,
Hernán Maldonado Palomino
|
|
Primer vocal,
Luz Angélica Solano Haro
|
|
Segundo vocal,
José Antonio Boza Pulido
|
No hay comentarios.:
Publicar un comentario